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Progreso en los derechos de las personas con discapacidad por parte del gobierno de los Países Bajos
Por Agnes van Wijnen (acvanwijnen@planet.nl)
Reconociendo los progresos que se están dando en muchos países y en la Unión Europea, el Reino de los Países Bajos se acerca, a partir de su aprobación por el Senado, a su primera ley de igualdad de trato. Cuando esto suceda, será un momento histórico para la gente con discapacidad, aunque su margen de acción sea limitado.Contrario a las esperanza de mucha gente, el Reino de los Países Bajos es todavía un país muy atrasado en materia de los derechos de las personas con discapacidad o que presentan enfermedades crónicas. A pesar de 10 años de activismo legislativo, este país todavía carece de una legislación que prohíba la discriminación y la exclusión de las personas con discapacidad. Historias de discriminación Esta ausencia de legislación en materia de derechos para las personas con discapacidad, no significa que el país no la necesite, pues se ha informado de situaciones de exclusión y discriminación contra personas con discapacidad. Estas situaciones incluyen el hecho de que mucha de la información de los gobiernos locales y del gobierno nacional, no está disponible en formatos accesibles, muchas personas con discapacidad han presentado problemas al ejercer su derecho básico al voto (debido a que los recintos y las máquinas de votación no son accesibles o no funcionan) y hay gente con historia de enfermedades psiquiátricas a quienes se les niega oportunidades laborales o que no son consideradas seriamente por los médicos cuando presentan problemas de salud física. Se ha informado que en los Países Bajos, los laboratorios y las unidades para la detección temprana del cáncer de seno, no son accesibles para las mujeres que usan sillas de ruedas, incluyendo los instrumentos que usan. Además, las personas con discapacidad mental que desean vivir en la comunidad, fuera de las instituciones, encuentran problemas al lograr que un médico regular les atienda. Rutinariamente, los restaurantes y las discotecas le niegan la admisión a personas con ciertas discapacidades, y lo mismo sucede en las agencies de viajes y en muchas tiendas, incluyendo la falta de espacio público accesible o la existencia de sitios más bien peligrosos. En este país se informa, una y otra vez, que el transporte público es inaccesible y que las empresas transportistas siguen comprando materiales y equipos que no son accesibles. También se ha informado de violentas reacciones verbales y físicas cuando las personas con discapacidad se quejan debido al trato desigual o cuando se les niega ayuda. La lista no tiene fin. Estas experiencias han sido documentadas por investigaciones oficiales que manifiestan que las personas con discapacidad, participan en la vida pública y social, pero que lo hacen en planos de desigualdad. Su acceso a la atención médica, la educación y al transporte público es limitado. El índice de empleo entre las personas con discapacidad es de un 38 % por ciento, comparado con el de 61 % para la población, en general. Usualmente los edificios públicos carecen de accesibilidad, incluso los destinados a la educación regular. El índice de pobreza entre las personas con discapacidad es mucho más elevado que el de la población general de los Países Bajos. El informe oficial acerca de la situación de las personas con discapacidad, muestra que lo progresos realizados en los último 10 años, han sido mínimos. Ley de Igualdad de Trato en Materia de Discapacidad (Equal Treatment Law on Disability) Esta situación demuestra que, aunque importantes, la información y la consideración acerca de la igualdad de oportunidades y el diseño para todos, son instrumentos insuficientes para cambiar las realidades de la vida diaria de las personas con discapacidad. Es evidente que necesitamos otro instrumento complementario en materia de discapacidad. Ahora entendemos que una legislación que facilite la eliminación de la discriminación y para asegurar que la igualdad de oportunidades debe ser una realidad. La idea tan arraigada que lo único que las personas con discapacidad necesitan es cuidado, combinada con la impresión general que la población general de los Países Bajos está muy bien atendida, hace más difícil el camino para el cambio hacia una dirección más acorde con los derechos humanos. El que el gobierno holandés no haya realizado su mayor esfuerzo para lograr una legislación es evidente, al percatarnos de las limitaciones que encontramos en el proyecto de ley de igualdad de trato, que está presentado en el Senado. Una de las conclusiones que se pueden obtener de este enfoque tan estrecho, es que la perspectiva de los derechos humanos todavía no he llegado a la conciencia y a las mentes del gobierno. Consecuentemente, el movimiento social de las personas con discapacidad y sus defensores deben interesarse más en esta situación. Contenido El Proyecto de Ley presentado, cubre tres campos: - Empleo
- Educación profesional
- Transporte público
- Definición de discapacidad
Una vez que esta ley entre a seguir, protegerá a las personas con discapacidad y a los enfermos crónicos contra la discriminación. Se espera que este instrumento proteja a las personas con y sin discapacidad porque todas pueden ser discriminadas. También protege igualmente a las personas que tienen un historial de discapacidad, a la gente que es propensa a presentar una discapacidad en el futuro o a las personas que se perciben con una discapacidad. Además, la ley no tiene una definición de discapacidad o de enfermedad crónica. Tratando de aprender de las experiencias de la Ley de Estadounidenses con Discapacidad y de las luchas que a partir de ella se reanudaron debido a las interpretaciones y conflictos por su definición de discapacidad, esperamos que nos vaya mejor sin una definición sobre discapacidad. El alcance de la discriminación Discriminación: La ley cubre la discriminación directa y la indirecta. El abuso contra las personas con discapacidad todavía no está contemplado en este proyecto de ley, pero será incluido muy pronto. El concepto de discriminación incluye la obligación de brindar “donde sea necesario en cada caso específico”, una adaptación efectiva en las áreas mencionadas. Estas adaptaciones pueden ser de carácter material e inmaterial. Para averiguar si una adaptación solicitada por la ley, también está cubierta por la ley, se deben responder dos preguntas: - ¿Es efectiva la adaptación, soluciona un problema?
- ¿Es necesaria la adaptación para lograr la igualdad de oportunidades?
Adaptación efectiva Contrario a lo que sucede con la Ley de Estadounidenses con Discapacidad y las disposiciones de Estados Unidos, la legislación propuesta usa el término “adaptación efectiva” en vez de “adaptación razonable” en relación a los cambios que se debe introducir para garantizar la participación plena y la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. Para determinar qué es una adaptación efectiva, también se debe determinar si la modificación representan una carga desproporcionada para quién debe realizar el cambio. Se requiere una evaluación y para cumplir con la ley propuesta, los siguientes factores se deben considerar: - El tamaño de la compañía o de la organización (el número total de empleados)
- El volumen total de la inversión para introducir la adaptación requerida por las personas con discapacidad.
- La disponibilidad de subsidios o asistencia gubernamental para apoyar la introducción de esa adaptación solicitada.
- La viabilidad operativa y técnica para introducir la adaptación solicitada.
- La capacidad financiera de la compañía u organización a la que se le solicita la modificación.
Empleo Este proyecto de ley presenta un enfoque integral en relación con el empleo, desde la manera en que se anuncia un puesto laboral hasta el procedimiento de selección. Se incluyen medidas para la capacitación de las y los solicitantes y la educación de los trabajadores. Además, se establecen recompensas y oportunidades de promoción en el empleo, todos los aspectos del la accesibilidad, horas laborales y procedimientos de trabajo. La educación profesional Esta sección de la legislación propuesta, incluye el acceso a la educación y la orientación acerca de las carreras disponibles. Esto significa acceso a los predios, las edificaciones y las instalaciones, la educación y los materiales educativos. También se incluyen todos los aspectos de los procedimientos que se deben seguir en los exámenes y pruebas educativas. La debilidad que encontramos en este artículo y en el artículo sobre las condiciones de empleo es que la responsabilidad por la iniciativa que procura cambios prácticos en el área de la accesibilidad, descansa primero en la persona que necesita las adaptaciones. Por ejemplo, lo empleadores sólo quedan obligados a introducir cambios, cuando la persona con discapacidad solicita “la adaptación efectiva”. Transporte público En los Países Bajos, la discriminación en el transporte público (tranvía, subterráneo y trenes) está prohibida. El transporte por autobuses deberá ser completamente accesible para el año 2010 y el transporte por tren para el año 2030. Esta accesibilidad incluye los edificios y todas las instalaciones de las estaciones, las plataformas y sitios relacionados, como las máquinas para comprar boletos y los sitios de atención al público. Además, todos los sitios y los sistemas para el transporte deberán ser accesibles. En la legislación propuesta, contrario a lo que se establece para el empleo y la educación profesional, en el área del transporte público, las adaptaciones para lograr la accesibilidad completa son obligatorias. Cuando la Ley de Igualdad en el Trato sea aprobada, las empresas y agencias del transporte público quedarán obligados a introducir las adaptaciones necesarias, así, la iniciativa de lograr la accesibilidad completa para las personas con discapacidad no dependerán de las y los solicitantes del sistema. Desidia y las consideraciones de costos dominan las decisiones en el gobierno de los Países Bajos Como miembro de la Comunidad Europea el gobierno de los Países Bajos tuvo que cumplir con la obligación de aprobar una legislación para prohibir la discriminación contra las personas con discapacidad en el empleo y en la educación profesional. Esta obligación fue establecida mediante la norma comunitaria “Directive 2000/78/EG” aprobada por la Unión Europea el 27 de noviembre del año 2000. Esta directriz era muy necesaria como un medio de lograr que los países de la Unión Europea aprobaran leyes para garantizar la participación plena y la igualdad de oportunidades. De no haber sido por esa disposición para los países de miembros de la Comunidad Europea, el gobierno de los Países Bajos no estaría aprobando la nueva Ley de Igual de Trato y las personas con discapacidad quedarían sin nada. El área del Transporte Público se agregó durante la etapa de debates en la Segunda Cámara del Parlamento, en la cual la mayoría de las y los legisladores respondieron positivamente a nuestra campaña “¡Derechos ahora!”, con la que logramos aumentar los alcances del proyecto original. Pero no pudimos lograr la inclusión de otras áreas esenciales como vida independiente y participación comunitaria controlada por las personas con discapacidad. Los obstáculos que encontramos fueron los de siempre: El gobierno insistía en la necesidad de realizar más y más investigaciones para determinar los efectos y los costos de las medidas con que deseamos eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad. Sin un apoyo fuerte, los beneficios que logremos, serán menos respetados y no serán considerados seriamente. El concepto de invertir en una sociedad para todas y todos, con disposiciones para beneficios duraderos y que cubran a las personas en las diversas etapas de la vida, no está en la mente del gobierno. Lamentablemente, el gobierno de los Países Bajos no se está esforzando por lograr una política sólida, integral y de amplia cobertura. Su enfoque limitado se está centrando en los costos de corto plazo y no en una sustancial mejoraría de las condiciones y de calidad de vida para las personas con discapacidad. Mientras que se ha aumentado la inversión en la seguridad y el ambiente, la inversión necesaria en medidas de diseño universal son consideradas como algo que sólo beneficia a las personas con discapacidad. Esta idea tan limitada de lo que es el diseño universal, le ha restado motivación a la propuesta de una Ley de Igual de Trato. Recientemente tuvimos elecciones parlamentarias. El resultado que se dio es que los socialdemócratas y demócratas cristianos, estarán compartiendo el poder durante los próximos años. ¡Esperemos que respalden sus promesas con los fondos necesarios!
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