Disability World
Una revista electrónica, bi-mensual, sobre noticias y opiniones internacionales relacionadas al tema de la discapacidad Volumen No. 20 Septiembre-Octubre 2003


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El Consejo Nacional sobre Discapacidad de Estados Unidos (U.S. National Council on Disability) recomienda una política exterior inclusiva

Nota editorial: En septiembre del 2003, el Consejo emitió un informe completo con una referencia a la historia de la política exterior y la discapacidad, un análisis de la situación actual y las recomendaciones. Está disponible en el Sitio en la Red: www.ncd.gov

Lo que aquí presentamos es una carta dirigida al Presidente Bush de Lex Frieden, Presidente del Consejo y un resumen de las recomendaciones.

National Council on Disability
September 9, 2003
Carta de Presentación
9 de setiembre, 2003

El Presidente,
La Casa Blanca,
Washington, D.C. 20500

Estimado Sr. Presidente,

A nombre del Consejo Nacional sobre Discapacidad, le estoy enviando un Informe sobre política exterior y discapacidad: Estrategias legislativas y protección a los derechos civiles para asegurar la inclusión de personas con discapacidad ( Foreign Policy and Disability: Legislative Strategies and Civil Rights Protections To Ensure Inclusion of People with Disabilities).

Este informe es seguimiento de otro que en la misma área le presentara este consejo a la administración en 1996. En aquella, como en esta ocasión, se identificaron barreras que le dificultan el acceso a las personas con discapacidad en los programas de asistencia en el exterior por parte de Estados Unidos.

En su informe de 1996, el Consejo Nacional sobre Discapacidad presentó una serie de cambios en la política para asegurar la inclusión de las personas con discapacidad en todos los programas de asistencia en el exterior por parte de Estados Unidos, incluyendo objetivos específicos dentro de un cronograma para su cumplimiento. Siete años después, nuestro Centro concluye que la inclusión de personas con discapacidad la política exterior de Estados Unidos sólo se logrará cuando se apruebe y cumpla la legislación para ese propósito.

El presente informe revisa un número de modelos que el Congreso ha adoptado para enlazar los derechos humanos y la política exterior para asegurar la inclusión de las personas con discapacidad. Este informe considera, particularmente, al Departamento de Estado (U. S. Department of State) y a la Agencia Internacional de Desarrollo (United States Agency for International Development, USAID). Entre las diversas estrategias y enfoques para mejorar las políticas y prácticas de asistencia en el exterior, este consejo recomienda que el Congreso enmiende la Ley de Asistencia Exterior (Foreign Assistance Act) para asegurarle la inclusión a las personas con discapacidad en todos los programas de Estados Unidos, disponiendo que todas las agencias del servicio exterior tengan medidas de accesibilidad completa y que sus servicios se presten de manera inclusiva. Además, es necesario crear el puesto de Asesor en Discapacidad dentro del Departamento de Estado y crear una Oficina de Discapacidad y Desarrollo en la Agencia Internacional de Desarrollo.

Este consejo le pide a su administración que reconozca que todas las actividades del gobierno de Estados Unidos en el exterior, deben realizarse según las Ley de Rehabilitación, Sección 504 y la Ley de Estadounidenses con Discapacidad.

Los principios de no discriminar, accesibilidad e inclusión de las personas con discapacidad se han establecido como derechos civiles. Las reformas que se promueven a través de este informe, se necesitan para asegurar que las personas con discapacidad contribuyan plenamente en las políticas y programas en materia exterior de Estados Unidos, como si estuvieran dentro del país.

Sinceramente,
Lex Frieden,
Presidente

Reconocimientos
El Consejo Nacional sobre Discapacidad expresa su agradecimiento a Eric Rosenthal, Director Ejecutivo de la organización Derechos en Discapacidad Mental Internacional (Mental Disability Rights International) y la Profesora Arlene Kanter, Colegio de Derecho, Universidad de Syracuse, quien realizó la investigación y es coautora de este informe. También reconocemos los aportes de Einat Hurwitz, New Israel Fund Fellow y a LLM, estudiante del Washington College of Law.

RESUMEN EJECUTIVO Y CONCLUSIONES
Más de 600 millones de personas, 10% de la población mundial, tienen una discapacidad. Este número se aumentará dramáticamente en los próximos años, conforme aumenta y envejece la población, así como continúa aumentando el número de personas con VIH/ SIDA. Los índices de discapacidad son particularmente elevados en las sociedades donde hay conflictos sociales, donde hay poblaciones de refugiados y en países con historia de violencia política. Aún en las sociedades estables, las personas con discapacidad forman parte del sector más pobre de los pobres. Según Naciones Unidas, hasta un 20% de la población tiene una discapacidad.

Las personas con discapacidad son víctimas de un patrón de discriminación y segregación en casi todo el mundo. En la mayoría de los países, las personas con discapacidad y sus familias son socialmente estigmatizados, marginadas políticamente y económicamente más pobres.

Para la sociedad, es muy elevado el costo de excluir a las personas con discapacidad.

Ninguna nación del mundo puede lograr su pleno potencial de desarrollo económico sin incluir a las personas con discapacidad. Ninguna sociedad podrá ser una democracia completa a menos que las personas con discapacidad, puedan participar plenamente en la vida pública. Cuando no se responde a las necesidades y a los intereses de la gente con discapacidad, se ignoran los derechos humanos.

Estados Unidos está en una buena posición para dirigir al mundo, demostrándole como edificar empleando el gran potencial de las personas con discapacidad. Está entre los líderes mundiales respecto a la protección de los derechos humanos de las personas con discapacidad y tiene una legislación que busca asegurar su participación plena en la sociedad y su vida independiente. La Ley de Estadounidenses con Discapacidad representa un gran compromiso para el gobierno de Estados Unidos de eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad. Desde que se aprobó la Ley de Rehabilitación de 1973, las leyes sobre derechos civiles de Estados Unidos exigen que todas las agencias y los programas de gobierno deben ser accesibles para las personas con discapacidad. Según han ejercido sus derechos durante los últimos 30 años, los estadounidenses con discapacidad han eliminado barreras para promover la inclusión, quebrar estereotipos relacionados con las limitaciones, y contribuir a la vida económica, cultural y política de la nación.

Actualmente, la política exterior de Estados Unidos no refleja los grandes logros de la gente con discapacidad dentro de este país. Las y los ciudadanos con discapacidad no pueden trabajar en muchas embajadas porque sus edificios no reúnen las condiciones de accesibilidad. Siendo así, personas con capacitación y talentos no pueden servir a su país en el servicio exterior, sólo por su historial médico. Adicionalmente, la falta de accesibilidad en las instalaciones y en los servicios en el exterior, afectan a las personas con discapacidad que necesitan ingresar a esas instalaciones o recurren a esos servicios.

Es que las políticas y los programas del servicio exterior estadounidense no consideran las necesidades de las personas con discapacidad que viven o están fuera de Estados Unidos. Mientras que desde hace tiempo la Ley de Asistencia en el Exterior indicó que “una de las metas principales de la política exterior de Estados Unidos es promover el creciente cumplimiento de los derechos humanos reconocidos internacionalmente por todos los países,” se están ignorando los derechos de las personas con discapacidad.

Este Consejo Nacional sobre Discapacidad llama al Ejecutivo y al Congreso de Estados Unidos para que desarrollen una nueva política exterior que le garantice la accesibilidad a las personas con discapacidad en el marco de la democracia y el desarrollo económico alrededor del mundo. En este sentido, todas las funciones y operaciones relacionadas con el servicio exterior estadounidense (incluyendo los esfuerzos de asistencia en el exterior) se mejorarán cuando cumplan con las disposiciones de derechos civiles según la Ley de Rehabilitación y la Ley de Estadounidenses con Discapacidad. La realización de esta política en el exterior requiere que toda financiación para asistencia en el exterior con fondos estadounidenses, sea otorgada a acciones y programas que sean accesibles para las personas con discapacidad. Estas disposiciones se extienden a todos los ciudadanos y a todos los contratistas con discapacidad, tal que no serán discriminados en ninguno de estos servicios o programas. El liderazgo que asuman las y los ciudadanos estadounidenses con discapacidad en nuestras operaciones en el exterior, también mejorarán nuestra capacidad para responder a los intereses de la gente con discapacidad en otros países.

En 1996, el Consejo Nacional sobre Discapacidad presentó un informe acerca de la política exterior y la discapacidad, encontrándose que los programas de Estados Unidos en el exterior no cumplían las disposiciones de la legislación sobre derechos en discapacidad. Basándonos en algunos progresos recientes, el presente informe demuestra que las actuales leyes estadounidenses contra la discriminación por motivos de discapacidad, ahora se pueden aplicar y hacerse cumplir en los programas y servicios que Estados Unidos tiene en el exterior. Este centro le recomienda al Congreso que les instruya al Departamento de Estado y a la Agencia Internacional de Desarrollo que acaten las disposiciones de la Ley de Rehabilitación y de la Ley de Estadounidenses con Discapacidad en sus operaciones en el exterior.

Adicionalmente a la obligatoriedad de extender las disposiciones de derechos civiles para abarcar a todas las agencias estadounidenses en el exterior, este consejo nacional recomienda que se apruebe una legislación especial para asegurar la inclusión de las personas con discapacidad dentro de la asistencia en el exterior. Esta legislación también mejorará mucho la efectividad de los esfuerzos de Estados Unidos en la promoción de los derechos humanos y el desarrollo económico mundial.

Una fuente importante de evidencia que orienta la política de derechos humanos de Estados Unidos es el Informe del Departamento de Estado sobre las Prácticas de Derechos Humanos por País ( State Department Country Reports on Human Rights Practices). En años recientes, la Dirección de Democracia, Derechos Humanos y Empleo, del Departamento de Estado, ha tomado medidas correctas al agregar los derechos de las personas con discapacidad en estos informes por país. Esta documentación ha tenido un impacto valioso para promover los derechos de las personas con discapacidad. Sólo que la información que se incluye sobre discapacidad en estos informes de países, es muy limitada y no refleja el panorama completo de las violaciones a los derechos humanos que enfrentan las personas con discapacidad alrededor del mundo. Hay un discriminación de jure (por la ley), como las tantas situaciones en que a las personas con discapacidades les niega trabajo, usando la misma ley como razón para no contratarlas y la discriminación de facto donde las condiciones físicas o las actitudes, permiten la exclusión de las personas con discapacidad de los sitios públicos o del sistema de transporte, de las escuelas, como le sucede a mucha gente con discapacidad cognitiva, o de los servicios de salud, como le sucede a niñas y a niños con discapacidad cuando viven en condiciones de pobreza y degradación.

El personal de Sección de Democracia, Derechos Humanos y Empleo han explicado que la falta de información acerca de las violaciones de los derechos humanos de las personas con discapacidad en los Informes sobre los Países, se debe a que son muy pocas las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos u organizaciones de personas con discapacidad las que participan en las investigaciones o en la labor de documentar los abusos. La sección de Democracia, Derechos Humanos y Empleo necesita este tipo de información para preparar estos informes. Tanto la sección de Democracia, Derechos Humanos y Empleo como la Agencia Internacional de Desarrollo, ofrecen asistencia financiera y técnicas para apoyar a grupos de la sociedad civil y a programas de derechos humanos en el exterior. Hasta la fecha, estos programas no han remediado la falta de documentación sobre los derechos humanos o fortalecido a las instancias de defensa de las personas con discapacidad.

A pesar de las grandes dificultades a las que se enfrentan las personas con discapacidad en el mundo, una investigación que realizó la Procuraduría General de Estados Unidos (General Accounting Office) en 1991, se comprobó que las agencias de asistencia en el exterior no incluyen los intereses de las personas con discapacidad como prioridad o como una meta especifica de algún programa. En 1996, el Consejo Nacional sobre Discapacidad preparó un informe sobre la política exterior estadounidense y la discapacidad y documentó que todavía existen barreras que impiden el acceso de las personas con discapacidad. En ese informe el consejo nacional recomendó una serie de cambios que permitirán la inclusión de las personas con discapacidad en todos los programas de asistencia en el exterior, además de un cronograma para cumplir con los objetivos de inclusión.

En respuesta a ese informe de 1996, la Agencia Internacional de Desarrollo aprobó una política en discapacidad. Esta agencia aceptó la recomendación del consejo de incluir a personas con discapacidad en todos sus programas, pero indicó que sus recursos eran limitados. La política adoptada por la Agencia Internacional de Desarrollo en materia de discapacidad, no incluye objetivos específicos o cronogramas, ni crea nuevas iniciativas para atender a las personas con discapacidad y no requiere que las Misiones de Estados Unidos en el exterior cambien sus prácticas. Las y los expertos en discapacidad que trabajan en el exterior han informado que la mayoría de las misiones no están enteradas de la política en discapacidad de la Agencia Internacional de Desarrollo.

La Agencia Internacional de Desarrollo emitió tres valiosas auto evaluaciones acerca de sus propios esfuerzos para incluir a las personas con discapacidad. Estos informes documentan los esfuerzos (o falta de esfuerzos) por desarrollar una política en discapacidad. El estudio más reciente de las actividades de las misiones de la Agencia Internacional de Desarrollo indica que “ahora hay más inclusión de personas con discapacidad en los proyectos que lo indicado en los informes del año 2.000 y 2.002.”

El informe del año 2003 concluye que “casi todos los programas de la Agencia Internacional de Desarrollo tienen el potencial de prevenir la discapacidad o de mejorar la vida de las personas con discapacidad. Salvo donde hay una legislación específica, muy pocos programas se ocupan sistemáticamente de la inclusión de las personas con discapacidad. El Congreso ha expresado su interés en programas para apoyar a las personas con discapacidad y la Agencia Internacional de Desarrollo está respondiendo; por ejemplo, mediante la creación del Fondo Leahy para Víctimas de Guerra ( Leahy War Victims Fund) y el Fondo para las Víctimas de la Tortura (Victims of Torture Fund).”

El Informe de la Agencia Internacional de Desarrollo del Año 2003, describe un número de programas importantes para personas con discapacidad e indica: “Hay una creciente variedad de actividades dirigidas a que se incluyan a personas con discapacidad.” Estos programas demuestran como se pueden incluir los temas de la discapacidad dentro del trabajo ordinario de la Agencia Internacional de Desarrollo, cuando hay voluntad de hacerlo. Siempre que las agencias del servicio exterior estadounidense se han propuesto incluir las necesidades de las personas con discapacidad, han demostrado que se puede hacer y que ahorra costos, incluso en los países más pobres del mundo.

Un ejemplo de tal aserto, lo constituye la experiencia de Afganistán. En la parte de reconstrucción de la guerra en Afganistán, la Agencia adoptó la política de hacer que las nuestras edificaciones y estructuras fueran accesibles para las personas con discapacidad. Se ha informado cómo esta decisión convertida en un programa ha ayudado a personas con discapacidad en Afganistán con un costo adicional muy bajo para Estados Unidos. Como se pudo planear con antelación, los programas de asistencia para Afganistán ya no tienen que incurrir en costos de adaptación, porque ya contempla la necesaria accesibilidad de las personas con discapacidad. Además, todos los afganos se benefician de contar con instalaciones y servicios para todas las personas, donde se propone que todas y todos contribuyan a la sociedad.

Sin embargo, si no existe una legislación actualizada y completa, la accesibilidad que se pudo lograr en Afganistán para la población con discapacidad, ya que no se puede garantizar que podamos hacer lo mismo para beneficiar a las personas con discapacidad en otros países, como Iraq. Mientras tanto, los esfuerzos aislados continúan con problemas; por ejemplo, en los contratos que han sido conferidos para las grandes compañías constructoras estadounidenses en Iraq, no se exigen las medidas de accesibilidad. Mientras este informe está en prensa, no es demasiado tarde para que el Congreso actúe y le exija a las fuerzas militares de Estados Unidos y a sus contratistas que hagan sus obras y presten sus servicios de manera accesible para las personas con discapacidad.

Siete años después de su primer Informe sobre Política Exterior y Discapacidad, el Consejo Nacional sobre Discapacidad presenta este otro informe de seguimiento. Su propósito es analizar las alternativas legislativas y las disposiciones de derecho civil que se pueden adoptar para asegurar que las personas con discapacidad, sean incluidas dentro de la política exterior estadounidense. Este consejo nacional concluye que se necesita una legislación que incluya plenamente a las personas con discapacidad en los asuntos de política exterior. Este informe estudia un número de modelos que el Congreso ha adoptado para relacionar los derechos humanos con la política exterior. Estas leyes ofrecen modelos que se pueden adaptar para asegurar la inclusión de personas con discapacidad.

Las reformas legislativas y los nuevos programas de asistencia en el exterior que propone el Consejo Nacional sobre Discapacidad, no significa aumento alguno de privilegio o trato especial para las personas con discapacidad. Los principios de no discriminar, promover el acceso y garantizar la inclusión de las personas con discapacidad ahora son reconocidos como parte de los derechos civiles. Las nuevas iniciativas del Consejo Nacional sobre Discapacidad, propone que en los países donde opera el servicio exterior de Estados Unidos, se cumplan las disposiciones de accesibilidad estadounidenses para las mujeres y para los grupos vulnerables. Estas disposiciones son necesarias para asegurar que las personas con discapacidad puedan contribuir y beneficiarse plenamente de las políticas y los programas del servicio exterior, con los mismos niveles de efectividad que en Estados Unidos.

Resumen de las recomendaciones
El siguiente es un resumen de las recomendaciones presentadas por el consejo nacional. En la Sección V del informe, aparece una descripción más detallada. Aunque estas recomendaciones se le hacen principalmente al Congreso, al Departamento de Estado, a la Agencia Internacional de Desarrollo y al Departamento de Defensa de Estados Unidos, las otras agencias de o relacionadas con el gobierno federal, pueden adoptar estas recomendaciones inmediatamente sin necesidad de alguna acción del Congreso.

Este consejo nacional le solicita a la Administración Bush que reconozca la noción de extraterritorialidad para que se puedan aplicar las secciones II y III de la Ley de Estadounidenses con Discapacidad y las Secciones 501, 503 y 504 de la Ley de Rehabilitación. Todas las operaciones y servicios del gobierno de Estados Unidos en el exterior, deben cumplir con las disposiciones de estas leyes.

El Consejo Nacional sobre Discapacidad le recomienda al Congreso:
Instruir al Departamento de Estado y a la Agencia Internacional de Desarrollo para que haga cumplir la Secciones 501, 503 y 504 de la Ley de Rehabilitación en todas las operaciones del servicio exterior de Estados Unidos. Esto asegurará que las disposiciones sobre derechos civiles para eliminar la discriminación basada en la discapacidad, se extiendan a todos los empleados del gobierno de Estados Unidos y sus contratistas en el exterior. También va a asegurar que los programas financiados con fondos del gobierno estadounidense sean accesibles e inclusivos para las personas con discapacidad. Similarmente, la Ley de Estadounidenses con Discapacidad contiene disposiciones que le prohíben a las empresas estadounidenses que trabajan en el exterior, discriminar a las personas con discapacidad.

El Consejo Nacional sobre Discapacidad le recomienda al Congreso que modifique la Ley de Asistencia en el Exterior ( Foreign Assistance Act) o que adapte otra legislación para:

Crear un puesto de Asesor en Discapacidad (Disability Advisor) en el Departamento de Estado para que nuestro país asuma una posición de dirigencia en la política internacional sobre discapacidad y para asegurar que el respeto a los derechos de las personas con discapacidad, sea incluido en las políticas y programas bilaterales y multilaterales de Estados Unidos. Esta medida debe incluir suficiente personal y recursos para que se pueda realizar el trabajo de esa o ese Asesor. Tal asesoría y su personal estarán compuestos por un fuerte contingente de personas con experiencia personal en discapacidad y defensa de los derechos de las personas con discapacidad, así como experiencia técnica.

Requerirá, asimismo, documentación de las violaciones a los derechos de las personas con discapacidad en los Informes sobre Países del Departamento de Estado. El Congreso debe asegurarse de que se pueda obtener y enviar a las autoridades correspondientes, la documentación confiable y detallada relacionada con los abusos contra las personas con discapacidad en el mundo. La Sección de Democracia, Derechos Humanos y Empleo del Departamento de Estado, que es la que prepara los Informes de Derechos Humanos por País, ha demostrado que hay voluntad y capacidad para suministrar esta documentación de manera efectiva.

El Congreso le debe suministrar a la Sección de Democracia, Derechos Humanos y Empleo fondos adicionales para mejorar la cobertura de la realidad de las personas con discapacidad en sus Informes de Derechos Humanos por País. Al Departamento de Estado se le debe exigir, por ley, que informe acerca de las violaciones de los derechos humanos de las personas con discapacidad cuando ocurren. En los casos donde no se dispone de información confiable acerca de las condiciones de derechos humanos de las personas con discapacidad, el personal de la Sección deberá (1) investigar las violaciones más comunes contra los derechos humanos de las personas con discapacidad y (2) suministrar apoyo financiero a las organizaciones no gubernamentales en discapacidad y de derechos humanos para que puedan preparar y presentar la documentación necesaria (este apoyo financiero se puede coordinar a través del Fondo para la Inclusión de la Agencia Internacional de Desarrollo, que describimos más adelante).

Igualmente, se debe asegurar la inclusión de personas con discapacidad en todas los programas de Estados Unidos en el exterior, mediante un amplio mandato legal para obligar, a todas las agencia estadounidenses que operan en el exterior, para que funcionen de manera accesible e inclusiva para las personas con discapacidad. Esta regulación amplia deberá cubrir todos los aspectos de la asistencia exterior estadounidense, incluyendo el desarrollo económico, ayuda para desastres y programas sobre derechos humanos. Todas las nuevas inversiones en infraestructura física que usen fondos del gobierno de Estados Unidos, incluyendo los programas de construcción del ejército estadounidense, deben ser accesibles para las personas con discapacidad.

La legislación deberá velar para que todas las agencias del gobierno de Estados Unidos que operan en el exterior, desarrollen planes donde las personas con discapacidad sean parte de las prioridades. Dentro de los planes estratégicos de la Agencia Internacional de Desarrollo, donde se deben emprender acciones específicas para incluir los temas de discapacidad y a las personas con discapacidad están: (pero no se limitan a la siguiente enumeración) Los programas de democracia y gobernabilidad, intercambio cultural, salud, desarrollo económico, ayuda para desastres y reconstrucción luego de conflictos

Otra acción que se plantea es la creación de una Oficina de Discapacidad en el Desarrollo (Disability in Development) semejante a la oficina de Mujeres en Desarrollo, en la Agencia Internacional de Desarrollo. Como lo hizo con la Oficina de Mujeres en Desarrollo, el Congreso deben asignar el presupuesto necesario. Pero a diferencia de la Oficina de Mujeres en el Desarrollo, la Oficina de Discapacidad en el Desarrollo se debe incorporar dentro de una de las principales divisiones de la Agencia Internacional de Desarrollo, para que esta no sea una oficina aislada y para asegurar que los temas de discapacidad, formen parte integral de los programas de esta agencia.

La nueva Oficina de Discapacidad en el Desarrollo ofrecerá asistencia técnica para las otras oficinas de la Agencia Internacional de Desarrollo, para apoyarlas en sus esfuerzos de desarrollar modificaciones adecuadas y programas de extensión para lograr la inclusión de las personas con discapacidad en todas las áreas de su programación. La Oficina de Discapacidad en el Desarrollo, asegurará que los planes estratégicos anuales y de largo plazo de la Agencia Internacional de Desarrollo incluyan las medidas de accesibilidad para asegurar la inclusión de las personas con discapacidad. Además, esta oficina administrará el programa Disability Rights Fellowship, para disponer de expertos técnicos en temas de discapacidad en las Misiones de la Agencia Internacional de Desarrollo en otros países. Este programa estará respaldado por un fuerte contingente de personas que tienen una experiencia personal con la discapacidad y la defensa de los derechos de las personas con discapacidad, así como capacitación técnica necesaria.

Establecer el Fondo para la Inclusión, el Liderazgo y los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad ( Fund for Inclusion, Leadership, and Human Rights of People with Disabilities), en adelante el Fondo para la Inclusión. Servirá para coordinar asistencia financiera, en forma de programas para promover la participación de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la asistencia de Estados Unidos en el Exterior. Este Fondo para la Inclusión:

  • Apoyará la creación, el desarrollo y el fortalecimiento de las organizaciones de personas con discapacidad alrededor del mundo.
  • Promoverá los intercambios educativos, la asistencia técnica y la colaboración entre los grupos de derechos de las personas con discapacidad de Estados Unidos, gobiernos extranjeros, organizaciones de derechos humanos y dirigentes en discapacidad en el exterior.
  • Colaborará con los gobiernos para elaborar legislación sobre los derechos de las personas con discapacidad y apoyar a las organizaciones no gubernamentales, que proponen y promueven esa legislación
  • El Fondo para la Inclusión se usará para apoyar el trabajo de las organizaciones estadounidenses de personas con discapacidad en sus labores de asistir, técnicamente, en el desarrollo de programas sobre discapacidad por parte de la Agencia Internacional de Desarrollo.
  • El Congreso de Estados Unidos debe asegurar los recursos necesarios para este programa y hacerlo en la magnitud semejante a la de otros programas que ya existen para otros grupos vulnerables.

Las nuevas iniciativas para las sociedades que han pasado un conflicto deben incluir las necesidades de las personas con discapacidad en los programas de la Agencia Internacional de Desarrollo y de las fuerzas militares. Además, estas agencias deben reconocer que (1) la guerra y los conflictos producen altos niveles de discapacidad, (2) la salud y la seguridad de las personas con discapacidad están particularmente en riesgo en las sociedad que han pasado por un conflicto y (3) es más efectivo en relación con los costos planear las medidas de inclusión de las personas con discapacidad antes y al momento de iniciar las construcciones.

La inclusión se debe requerir como parte del Programa Reto del Milenio (Millennium Challenge Account). Este sería un programa de desarrollo paralelo a la Agencia Internacional de Desarrollo e incluir en él a las personas con discapacidad desde el principio.

Deberá pedírsele a la Procuraduría General (General Accounting Office) que documente la situación del acceso que actualmente le ofrecen los programas del gobierno a las personas con discapacidad. La Procuraduría General terminará la labor que se había propuesto en 1991: Realizar una investigación completa de los procedimientos y directrices que orientan las normas del Departamento de Estado en la construcción y renovación de las instalaciones en el exterior, para asegurar la accesibilidad de las personas con discapacidad.

También se apoyará los trabajos para la Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Además, de solicitar modificaciones a la Ley de Asistencia en el Exterior, este Consejo Nacional sobre Discapacidad le pide a la Administración que demuestre su compromiso con los derechos humanos de las personas con discapacidad, apoyando esta Convención Internacional, en el mismo espíritu de la Ley de Estadounidenses con Discapacidad y otras leyes de derechos civiles, que demandan la inclusión plena de las personas con discapacidad en la sociedad.

Las agencias del gobierno estadounidense que realicen operaciones en el exterior, deben establecer directrices para llevar a la práctica la Ley de Rehabilitación en el exterior.

El Departamento de Estado y las otras agencias del gobierno estadounidense deben iniciar un proceso de planeación para asegurar la inclusión de las personas con discapacidad en todos los programas de servicios en el exterior.

El Consejo Nacional sobre Discapacidad apoya el principio, reconocido en la actual Política en Discapacidad de la Agencia Internacional de Desarrollo, que las personas con discapacidad deben ser incluidas en todos los programas de asistencia en el exterior. Lo que pide este Consejo Nacional es que la agencia convierta esta política en un compromiso vinculante para todos los programas, misiones y apoyo financiero de Estados Unidos. La Agencia Internacional de Desarrollo debe establecer un programa para llevar a la práctica todo ese compromiso al mismo tiempo que lo hace formar parte de sus principales planes estratégicos. Todas las agencias del gobierno estadounidense deben tener políticas similares para realizar operaciones y prestar servicios en el exterior.

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