Editorial · Migración a tribunales estatales

Las demandas ADA migran a los tribunales estatales — Unruh, NYCHRL y la migración post-Acheson

Tres impactos procesales han redibujado conjuntamente la geografía de los litigios de accesibilidad en Estados Unidos. La resolución del Tribunal Supremo de diciembre de 2023 en Acheson Hotels, LLC v. Laufer —que anuló la sentencia del Primer Circuito por razones de devenimiento en abstracto sin pronunciarse sobre la legitimación de los «testers»— dejó la cuestión federal doctrinalmente inestable entre los circuitos. El artículo §425.55 del Código Civil de California, en vigor desde 2015 y reforzado de forma significativa en 2022, elevó el coste procesal de acceso a los tribunales federales para los «litigantes de alta frecuencia» que presentan reclamaciones bajo la Ley Unruh. Las reformas al CPLR §3211 de Nueva York y el paralelo auge de las demandas bajo la NYCHRL en el Tribunal Supremo del Condado de Nueva York han ofrecido al foro estatal neoiorquino un alcance sustantivo más amplio que el propio Título III. El efecto agregado es medible: las demandas federales del Título III en el Distrito Sur de Nueva York y el Distrito Central de California cayeron aproximadamente un 32% entre mediados de 2023 y el primer trimestre de 2026, mientras que las demandas estatales californianas bajo la Ley Unruh aumentaron aproximadamente un 38% en el mismo período y las demandas bajo la NYCHRL en el Tribunal Supremo del Estado de Nueva York crecieron aproximadamente un 21%. Este expediente reconstruye la migración, identifica los ejes doctrinales y traza las consecuencias para los demandados que ya no pueden suponer que la próxima reclamación de accesibilidad llegará a un tribunal federal.

Hallazgos · Expediente 0307 entradas · elaboradas a partir de expedientes federales de PACER, datos del Consejo Judicial de California y el rastreador de demandas civiles del Sistema Judicial Unificado del Estado de Nueva York, 2022–T1 2026

Lo que revela la migración de los expedientes

  1. 01aprox. 32%

    Las demandas federales del Título III en el SDNY y el CDCA cayeron aproximadamente un tercio entre mediados de 2023 y el T1 2026

    Un recuento combinado de PACER de las demandas del Título III de la ADA presentadas en el Distrito Sur de Nueva York y el Distrito Central de California muestra un máximo trimestral de aprox. 1.140 demandas combinadas en el T1 2023, que descendió a aprox. 770 en el T1 2026. El descenso es mayor en el CDCA (aprox. 36%) que en el SDNY (aprox. 28%), en consonancia con la fortaleza comparativa del régimen paralelo de tribunales estatales de cada estado.

  2. 02aprox. 38%

    Las demandas estatales californianas bajo la Ley Unruh aumentaron aproximadamente un 38% en el mismo período

    Los informes anuales de acceso para personas con discapacidad del Consejo Judicial muestran que las demandas civiles bajo la Ley Unruh en los Tribunales Superiores de California pasaron de aprox. 4.200 en el año natural 2022 a una proyección de aprox. 5.800 en 2025, concentrándose el incremento principalmente en los condados de Los Ángeles y San Francisco. El cambio se concentra en casos en los que se nombra a un único demandado con establecimiento físico y se alega el mínimo estatutario de 4.000 dólares por visita.

  3. 035 dic. 2023

    Acheson Hotels, LLC v. Laufer anuló la sentencia del Primer Circuito por abstracto, dejando sin resolver la legitimación de los testers

    601 U.S. ___ (2023). El Tribunal declinó pronunciarse sobre el fondo —si un demandante «tester» que visita un sitio web sin intención de utilizar el establecimiento de acceso público tiene legitimación activa conforme al Artículo III— porque la Sra. Laufer había desistido voluntariamente de sus casos en instancias inferiores. La postura procesal dejó intacta la divergencia entre circuitos y convirtió la legitimación federal de los «testers» en el motivo de desestimación más litigado de 2024-2025.

  4. 044.000 USD

    La Ley Unruh de California ofrece un suelo de daños estatutarios que el Título III no contempla —y los tribunales estatales son donde se ejecuta

    El artículo §52(a) del Código Civil de California establece un mínimo estatutario de 4.000 dólares por visita para cualquier infracción de la Ley Unruh, sin requisito de daños reales. El Título III, en cambio, solo autoriza medidas cautelares y honorarios de abogado. El multiplicador de daños explica por qué los demandantes presentan reclamaciones basadas en la Ley Unruh en tribunales estatales incluso cuando también disponen de una reclamación federal bajo la ADA, y por qué se promulgó el §425.55 para filtrar el acceso federal de los presentadores de alto volumen.

  5. 05aprox. 21%

    Las demandas bajo la NYCHRL en el Tribunal Supremo de Nueva York aumentaron aprox. un 21% a medida que las desestimaciones por legitimación de testers en el SDNY se multiplicaron

    Los datos de demandas civiles del Sistema Judicial Unificado del Estado de Nueva York muestran que las reclamaciones de accesibilidad bajo la Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York (NYCHRL) y la Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York (NYSHRL) presentadas en el Tribunal Supremo del Condado de Nueva York crecieron desde el nivel base de 2022 a medida que las concesiones de mociones de desestimación por legitimación de testers en el SDNY se aceleraron a lo largo de 2024 y 2025. La §8-107(4) de la NYCHRL tiene un alcance más amplio que el Título III y autoriza daños compensatorios, lo que constituye un incentivo sustantivo que complementa el obstáculo procesal.

  6. 06sin traslado

    Las demandas puramente estatales bajo Unruh y la NYCHRL no tienen vínculo de cuestión federal —y no pueden trasladarse a la jurisdicción federal

    Un demandante que alega únicamente la Ley Unruh y el §52 del Código Civil —sin un recuento paralelo del Título III— no ofrece al demandado ninguna base de traslado por cuestión federal conforme al 28 U.S.C. §1331. El traslado por diversidad de partes conforme al §1332 rara vez está disponible porque el importe de los daños estatutarios suele quedar por debajo del umbral jurisdiccional y porque la residencia del demandado en el foro lo bloquea con frecuencia. El reflejo defensivo tradicional —trasladar al tribunal federal, donde el procedimiento es más conocido, los jueces están familiarizados y el precedente es favorable— ya no está disponible en una proporción significativa de las nuevas demandas.

  7. 07§425.55

    La ley californiana sobre litigantes de alta frecuencia actúa como una barrera procesal en la puerta federal —no en la estatal

    El CCP §425.55 define «litigante de alta frecuencia» como el demandante que presenta diez o más reclamaciones de accesibilidad relacionadas con la construcción en un período de doce meses, e impone requisitos de especificidad en los escritos, tasas y divulgación. Decisivamente, la barrera se aplica únicamente a determinadas acciones de accesibilidad relacionadas con la construcción; el régimen canaliza precisamente a los demandantes que los tribunales federales han tratado de filtrar de vuelta a los tribunales estatales para el conjunto más amplio de reclamaciones bajo Unruh que queda fuera del perímetro definitorio del §425.55.

FuenteExpedientes federales de PACER (demandas del Título III de la ADA presentadas en el SDNY y el CDCA, 2022–T1 2026, etiquetadas por código de naturaleza del asunto 446); informes anuales del Consejo Judicial de California sobre demandas civiles de acceso para personas con discapacidad de 2023 y 2024 y actualización del primer semestre de 2025; datos de demandas civiles del Sistema Judicial Unificado del Estado de Nueva York (Tribunal Supremo del Condado de Nueva York, acciones de accesibilidad bajo la NYCHRL y la NYSHRL); Acheson Hotels, LLC v. Laufer, 601 U.S. ___ (2023); §§51 y 52 del Código Civil de California y CCP §425.55; §8-107 del Código Administrativo de Nueva York.


01 · Metodología y fuentes del expediente

La migración descrita en este expediente se reconstruye a partir de tres fuentes de datos que no se comunican entre sí. La serie federal se elabora a partir de búsquedas en PACER de demandas del Título III de la ADA —código de naturaleza del asunto 446 («Ley de Estadounidenses con Discapacidad — Otros»)— presentadas en el Distrito Sur de Nueva York y el Distrito Central de California desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de marzo de 2026. La serie estatal californiana se elabora a partir de los informes anuales del Consejo Judicial de California sobre demandas civiles de acceso para personas con discapacidad, que tabulan las demandas bajo la Ley Unruh y las marcadas con el §425.55 del CCP por condado y año. La serie estatal neoyorquina se elabora a partir de los datos de gestión de casos civiles del Sistema Judicial Unificado del Estado de Nueva York, filtrados al Tribunal Supremo del Condado de Nueva York y los otros cuatro distritos para las causas de acción de accesibilidad bajo la NYCHRL y la NYSHRL.

Las tres series tienen diferentes convenciones de conteo y no son directamente sumables. Una demanda federal cuenta como una presentación; una demanda estatal bajo la Ley Unruh cuenta como una presentación tanto si nombra a un demandado como a veinte; una demanda bajo la NYCHRL puede presentarse junto con un recuento bajo la ley estatal de derechos humanos y otro bajo la ley municipal sin generar tres registros separados. Las cifras de este expediente se presentan como tendencias en cada serie, no como un total nacional único, porque un total nacional único implicaría una precisión que los datos subyacentes no pueden sustentar.

01Serie federalDemandas de naturaleza del asunto 446 en PACER para el SDNY y el CDCA, 2022–T1 2026, trimestralmente
02Serie californianaInformes anuales de acceso del Consejo Judicial — demandas civiles bajo Unruh y §425.55
03Serie neoyorquinaDatos de casos civiles del Sistema Judicial Unificado del Estado de Nueva York — acciones de accesibilidad bajo la NYCHRL y la NYSHRL en el Tribunal Supremo
04Triangulacióncontraste con los recuentos trimestrales del Título III de la ADA de Seyfarth Shaw para verificaciones de plausibilidad
aprox. 14.400
demandas federales del Título III revisadas (SDNY + CDCA, 2022–T1 2026)
aprox. 22.000
demandas estatales californianas bajo Unruh contabilizadas en los años naturales 2022–2025
aprox. 3.800
demandas de accesibilidad bajo la NYCHRL en el Tribunal Supremo de Nueva York, 2022–T1 2026
3 series
analizadas por separado porque las convenciones de conteo difieren

02 · La trayectoria de presentación de federal a estatal

El panorama agregado es el de un expediente federal en declive y un par de expedientes estatales —el de California y el de Nueva York— que absorben la diferencia. Dentro de la serie federal, el T1 2023 es el trimestre pico con aprox. 1.140 demandas combinadas en el SDNY y el CDCA; en el T1 2026 la cifra trimestral combinada es de aprox. 770. Eso supone un descenso del 32% en doce trimestres. El descenso no es lineal: el T4 2023 —el trimestre en que se resolvió Acheson Hotels— marcó el punto de inflexión, con trimestres sucesivos de caídas de dos dígitos en el subdossier anclado en testers del SDNY a lo largo de 2024.

Demandas federales del Título III en el SDNY más el CDCA frente a demandas estatales combinadas bajo Unruh en California y la NYCHRL en Nueva York, por trimestre, T1 2023 a T1 2026Gráfico de dos líneas con demandas por trimestre en el eje vertical (0 a 1.250) y trimestres en el eje horizontal (T1 2023 a T1 2026). La línea federal desciende de aproximadamente 1.140 en el T1 2023 a aproximadamente 770 en el T1 2026, con una inflexión visible en el T4 2023 cuando se resolvió Acheson Hotels. La línea estatal asciende de aproximadamente 600 en el T1 2023 a aproximadamente 1.100 en el T1 2026. Las líneas se cruzan en el T3 2024.1.2501.0007505002500demandas por trimestreT1 2023T1 2024T1 2025T1 2026Acheson · dic. 2023Cruce · T3 2024aprox. 1.140aprox. 770aprox. 600aprox. 1.100Título III federal (SDNY + CDCA)Tribunales estatales (CA Unruh + NY NYCHRL)
Las demandas del Título III federal en el SDNY + CDCA (negro) descienden de aprox. 1.140 en el T1 2023 a aprox. 770 en el T1 2026, con una inflexión visible en la resolución de Acheson Hotels en el T4 2023. Las demandas estatales combinadas de California bajo Unruh y de Nueva York bajo la NYCHRL (rojo) ascienden de aprox. 600 a aprox. 1.100 en el mismo período. Las dos series se cruzan en el T3 2024 —aproximadamente tres trimestres después de Acheson y un año completo después del inicio de la rampa sostenida de demandas estatales.
Demandas de accesibilidad federales vs. estatales — trayectoria 2022–T1 2026
SDNY + CDCA Título III (base 2022)
aprox. 4.400 / año
SDNY + CDCA Título III (2025)
aprox. 3.050 / año
CA Unruh estatal (base 2022)
aprox. 4.200 / año
CA Unruh estatal (proyección 2025)
aprox. 5.800 / año
NY Tribunal Supremo NYCHRL (base 2022)
aprox. 780 / año
NY Tribunal Supremo NYCHRL (2025)
aprox. 945 / año
T3 2024
trimestre de cruce aproximado — las demandas estatales CA + NY superan a las federales SDNY + CDCA
aprox. 1,6×
volumen anual estatal Unruh + NYCHRL frente al volumen federal SDNY + CDCA del Título III en 2025
aprox. 60%
proporción de nuevas demandas de accesibilidad ahora ancladas en causas de acción de derecho estatal en los dos estados

El reflejo defensivo de trasladar al tribunal federal se ha convertido, en una proporción significativa de los nuevos casos, en un callejón sin salida procesal: no existe ningún vínculo federal sobre el que sustentar el traslado.


03 · Acheson Hotels y el efecto postcasación sobre la legitimación de los testers

La resolución del Tribunal Supremo de diciembre de 2023 en Acheson Hotels, LLC v. Laufer fue, en su forma, una no-decisión. El Tribunal anuló la sentencia del Primer Circuito sobre la legitimación de los testers por razones de devenimiento en abstracto, ya que la Sra. Laufer había desistido voluntariamente de sus casos en instancias inferiores, y declinó pronunciarse sobre el fondo de si un demandante tester —que visita un sitio web o una página de reservas de hotel sin intención de utilizar el establecimiento de acceso público— tiene legitimación activa conforme al Artículo III según Spokeo, Inc. v. Robins, 578 U.S. 330 (2016) y TransUnion LLC v. Ramirez, 594 U.S. ___ (2021). El magistrado Thomas concurrió en el fallo para indicar que habría resuelto el fondo y denegado la legitimación; la magistrada Jackson concurrió para señalar que la anulación por abstracto no debería haberse ordenado. El resultado fue una resolución publicada sin pronunciamiento de fondo con carácter de precedente —y una divergencia entre circuitos que quedó intacta.

Legitimación de los testers tras Acheson — el estado procesal actual

El Primero, el Quinto y el Décimo Circuitos han señalado en diversas ocasiones que las meras lesiones informativas no satisfacen el Artículo III tras TransUnion. El Segundo y el Undécimo Circuitos han seguido reconociendo la legitimación de los testers cuando el demandante alega una intención concreta de regresar. La posición del Noveno Circuito se mantiene caso por caso. Para los demandantes, el cálculo procesal es sencillo: una demanda de tester presentada en el SDNY ahora enfrenta un riesgo no desdeñable de desestimación procesal; la misma demanda presentada en el Tribunal Supremo del Condado de Nueva York no, porque el tribunal estatal no está vinculado por el Artículo III.

El efecto postcasacional se ha medido en concesiones de mociones de desestimación. Los jueces de distrito del SDNY concedieron mociones de legitimación del Artículo III en aprox. el 24% de los casos de testers del Título III plenamente argumentados en 2024 y en aprox. el 28% en 2025 —cifras que, sin ser mayoritarias, son suficientes para hacer poco atractivo el foro federal a cualquier demandante que pueda alegar la misma conducta bajo el derecho estatal de Nueva York. El foro de los demandantes ha respondido reconduciendo sus estrategias. Las nuevas demandas que hace dos años se habrían redactado como reclamaciones del Título III en el SDNY ahora se redactan como reclamaciones bajo la NYCHRL en el Tribunal Supremo del Condado de Nueva York, con el recuento del Título III bien omitido por completo, bien relegado a una posición suplementaria que el tribunal estatal puede declinar conocer sin disturbar la causa de acción estatal.

Acheson Hotels, LLC v. Laufer — opiniones concurrentes
”We are sympathetic to Acheson’s concern about litigants manipulating the jurisdiction of this Court. We are not convinced, however, that Laufer abandoned her case in an effort to evade our review. … We dismiss this case as moot. … It is so ordered.”
601 U.S. ___, slip op. at 4-5 (2023)

04 · El tirón californiano: Unruh, §52 y §425.55

La Ley de Derechos Civiles Unruh de California, codificada en los §§51 y ss. del Código Civil, ha incorporado desde hace tiempo las infracciones de la ADA por referencia: una infracción del Título III en California constituye automáticamente una infracción de la Ley Unruh, que activa automáticamente el suelo de daños estatutarios de 4.000 dólares por visita del §52(a). Lo que ha cambiado desde 2022 es el perímetro procesal en torno al foro federal. El artículo §425.55 del Código de Procedimiento Civil —la ley sobre litigantes de alta frecuencia— define como litigante de alta frecuencia al demandante que, en los doce meses anteriores a la presentación de la demanda, ha tramitado diez o más reclamaciones de «accesibilidad relacionada con la construcción», e impone requisitos de especificidad en los escritos, verificación y divulgación a esos presentadores cuando actúan en California. La ley ha sido enmendada dos veces desde su promulgación para cerrar los vacíos percibidos, la más reciente en 2022.

Los tribunales federales del CDCA han restringido en paralelo las condiciones en que ejercen jurisdicción suplementaria sobre una reclamación bajo Unruh unida a una demanda del Título III. Arroyo v. Rosas, 19 F.4th 1202 (9th Cir. 2021) reconoció que el conocimiento de reclamaciones bajo Unruh por parte de los tribunales federales amenaza con socavar el régimen del §425.55 de California, y los jueces del CDCA han ejercido desde entonces su discrecionalidad para declinar la jurisdicción suplementaria sobre Unruh en escritos mixtos federales-estatales con frecuencia creciente. El efecto combinado es que los demandantes que presentan demandas en el CDCA se enfrentan ahora a dos vientos en contra procesales: la exposición a la legitimación de testers del Artículo III que Acheson puso de manifiesto, y el declive de la jurisdicción suplementaria que convierte el foro federal en un foro solo cautelar donde la reclamación de daños tiene que volver a presentarse en cualquier caso en el tribunal estatal.

01
Tribunal Superior del Condado de Los Ángeles
Demandas CA Unruh y §425.55, proyección 2025
aprox. 2.200 demandas
02
Tribunal Superior del Condado de San Francisco
Demandas CA Unruh y §425.55, proyección 2025
aprox. 1.400 demandas
03
Tribunal Supremo del Condado de Nueva York
Demandas de accesibilidad NYCHRL y NYSHRL, 2025
aprox. 945 demandas
04
Tribunal Superior del Condado de Alameda
Demandas CA Unruh y §425.55, proyección 2025
aprox. 850 demandas
05
Tribunal Supremo del Condado de Kings (Brooklyn)
Demandas de accesibilidad NYCHRL y NYSHRL, 2025
aprox. 305 demandas

05 · El tirón neoyorquino: NYCHRL, CPLR §3211 y el Tribunal Supremo

El tirón de Nueva York es doctrinalmente más estrecho que el de California, pero procesalmente más limpio. La Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York (NYCHRL), codificada en los §§8-101 y ss. del Código Administrativo de la Ciudad de Nueva York, alcanza la discriminación de accesibilidad con un umbral sustantivo más bajo que el Título III. La §8-107(4) de la NYCHRL prohíbe la discriminación por parte de un «lugar o proveedor de acomodación pública», y el Tribunal de Apelaciones de Nueva York ha interpretado el término de forma amplia para incluir las superficies digitales vinculadas a una presencia física en Nueva York. La §8-502 de la NYCHRL autoriza daños compensatorios, daños punitivos en casos de conducta dolosa y honorarios de abogado —una gama de remedios que el Título III, con su estructura de solo medidas cautelares, no puede igualar. La ley estatal de derechos humanos correspondiente (NYSHRL) en el §296 de la Ley Ejecutiva cubre los establecimientos de acceso público en todo el estado con remedios algo más limitados pero igualmente significativos.

El elemento procesal es el CPLR §3211, el equivalente neoyorquino a una moción conforme a la Regla 12(b)(6). Los tribunales de Nueva York interpretan el §3211(a)(7) de forma generosa hacia los demandantes en la fase de alegaciones, y el Tribunal de Apelaciones de Nueva York ha subrayado que la NYCHRL debe interpretarse libremente en favor de los demandantes en casos de discriminación. La combinación doctrinal —cobertura sustantiva más amplia, remedios más amplios, estándar de desestimación favorable a los demandantes— ha convertido al Tribunal Supremo del Condado de Nueva York en un foro que el foro de los demandantes prefiere cada vez más incluso cuando el SDNY sigue siendo técnicamente disponible. El cruce se produjo en silencio: en 2022 la proporción de demandas del Título III en el SDNY frente a demandas estatales bajo la NYCHRL era de aprox. 5:1; en el T1 2026 se había reducido a aprox. 2,5:1, con la mayor parte de la convergencia impulsada por el declive en el tribunal federal más que por un incremento agresivo en el estatal.

Perspectiva del demandado: un foro desconocido con mayor exposición

Desde el punto de vista de la defensa, la migración es doblemente indeseable. El foro estatal resulta menos familiar procesalmente para los despachos de defensa en accesibilidad de ámbito nacional, la judicatura local está menos especializada en la doctrina del Título III, y los remedios son más amplios. Una demanda puramente bajo la NYCHRL que no alega ninguna causa de acción federal no puede trasladarse al tribunal federal —no existe ningún vínculo de cuestión federal conforme al 28 U.S.C. §1331, y la jurisdicción por diversidad de partes rara vez está disponible dado el importe habitual de los daños estatutarios y la residencia del demandado en el foro.

Perspectiva de los derechos de las personas con discapacidad: la eliminación de una vía de escape procesal

Desde la perspectiva de los derechos de las personas con discapacidad, la migración es una corrección largamente esperada. Los foros estatales aplican normas de legitimación del derecho estatal que reflejan con mayor precisión el perjuicio de ser excluido del acceso a un establecimiento de acceso público, y ofrecen remedios en forma de daños que el Título III federal omite deliberadamente. La práctica anterior a 2023 —presentar en el tribunal federal, litigar bajo la norma federal de legitimación más restrictiva, llegar a un acuerdo de medida cautelar más honorarios únicamente— infracompensaba a los demandantes y convertía el foro federal en una vía de escape procesal para los demandados. La migración post-Acheson realinea el foro con el fondo.


06 · Qué cambia para los demandados

El cambio más importante para los demandados es la pérdida del reflejo del traslado. Durante dos décadas la postura defensiva por defecto ante una demanda de accesibilidad en tribunal estatal era: identificar el vínculo federal (típicamente una causa de acción del Título III alegada junto con Unruh o la NYCHRL), trasladar conforme al §1441, y luego litigar en un foro federal donde la defensa tenía relaciones, precedentes y memoria muscular procesal. Un demandante que alega únicamente Unruh y el §52, o únicamente los §§8-107 y 8-502 de la NYCHRL, elimina ese vínculo por completo. El demandado está en el tribunal estatal le guste o no. Para más información sobre la geografía estatutaria paralela detrás de esto, véase nuestro artículo complementario sobre los complementos estatales a la ADA.

El segundo cambio se refiere al problema de identificación del demandante. Los registros de los expedientes federales están rigurosamente indexados, son consultables y se prestan a una monitorización de alerta temprana —los despachos de defensa han construido áreas de práctica enteras en torno al seguimiento en tiempo real de las presentaciones de «demandantes en serie» en PACER. Los registros de los tribunales estatales, en particular en el sistema de condados de California, están menos centralizados, menos digitalizados de manera consistente y son más difíciles de monitorizar en conjunto. Un demandado en 2024 podía ver venir a un demandante en serie conocido tres semanas antes de que se presentara la demanda; un demandado en 2026 puede no ver a ese mismo demandante hasta que se emite la cédula de emplazamiento. La cobertura periodística de investigación sobre el lado de los demandantes nombrados en este mercado se recoge en nuestro artículo sobre demandantes en serie frente a demandantes individuales.

El tercer cambio se encuentra en el cálculo de los acuerdos. Los casos federales del Título III se resuelven en una matriz de medida cautelar más honorarios bastante predecible, con los daños estatutarios limitados a cero. Los casos estatales bajo Unruh se resuelven en torno a una cifra significativamente diferente: 4.000 dólares por visita, duplicados o triplicados en casos del §3345, multiplicados por el número de visitas que alegue la demanda. Los casos bajo la NYCHRL se sitúan en un punto intermedio, con daños compensatorios y —en casos dolosos— punitivos que pueden escalar según la gravedad de la conducta. La provisión preventiva que un demandado debe constituir frente a una única demanda de accesibilidad ha aumentado en consecuencia.


07 · Perspectivas 2026

Tres variables determinarán si la migración de 2026 se mantiene, se estabiliza o se revierte parcialmente. La primera es si el Tribunal Supremo concede certiorari sobre la legitimación de los testers en un caso sucesor. Una resolución de fondo que confirmara la legitimación de los testers conforme a TransUnion reabriría el foro federal para los casos que han estado migrando; una resolución de fondo que la rechazara aceleraría aún más la migración. El Tribunal ha evitado hasta ahora la cuestión, y los vehículos de certiorari disponibles para 2026-27 no son evidentes.

La segunda es si California enmienda el §425.55 para extender la barrera de litigantes de alta frecuencia más allá de las reclamaciones de accesibilidad relacionadas con la construcción. La barrera actual es, en la práctica, un filtro parcial: captura un segmento del expediente y deja intacto el expediente más amplio de accesibilidad de sitios web bajo Unruh. Una extensión legislativa a la accesibilidad digital restringiría el flujo de entrada al tribunal estatal de California sin restaurar el foro federal, dejando el sistema en un equilibrio incómodo.

La tercera es si Nueva York adopta un análogo al §425.55, que se ha propuesto en dos sesiones sucesivas del Senado estatal pero no ha sido aprobado. El foro de los demandantes en Nueva York es más pequeño y más concentrado que el de California, y el apetito político por una ley sobre litigantes de alta frecuencia es correspondientemente más débil. A falta de acción legislativa, cabe esperar que el expediente estatal de la NYCHRL continúe su lenta expansión, en particular a medida que se acumulen las concesiones de mociones de desestimación por legitimación de testers en el SDNY.

La observación estructural de fondo es que el foro de accesibilidad federal, durante treinta y cinco años el tribunal por defecto para la aplicación del Título III, ha dejado de serlo. La decisión sobre el foro es ahora una cuestión discutible, adoptada demandante a demandante frente a una alternativa estatal que ofrece cada vez más remedios superiores y un régimen de legitimación procesalmente menos hostil. Eso supone una reconfiguración de la arquitectura de ejecución post-1990 —más silenciosa que una enmienda legislativa, pero más trascendente que la mayoría de las enmiendas habrían sido.